Ayudas a la Rehabilitación Energética de Edificios Existentes

15 September 2015
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Categoría blog
Autor: survey malaga
15 September 2015, Comentario 0

Programa de Ayudas para la Rehabilitación Energética de Edificios Existentes (PAREER-CRECE)

Adela Giráldez García

Adela Giráldez García

Arquitecta experta en Urbanismo y Valoraciones Inmobiliarias / +34690378088

El Ministerio de Industria, Energía y Turismo a través del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), ha iniciado una campaña dirigida a los ciudadanos para promover el ahorro de energía. Se han diseñado unas las líneas de actuación y creado un paquete de ayudas para promover la realización de actuaciones integrales (envolvente e instalaciones) en edificios existentes. Se pretende alcanzar los objetivos establecidos en la Directiva 2012/27/UE relativa a la eficiencia energética y en el Plan de Acción 2014-2020.

El presupuesto asignado procede del montante sobrante del actual PAREER que estaba dotado con 125 millones de euros, y de otros 75 millones correspondientes al Plan de Medidas para el Crecimiento, la Competitividad y la Eficiencia (CRECE), con origen en los Presupuestos Generales del Estado 2015.

Tipos de ayudas y requisitos:

• Tipología 1: Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.

• Tipología 2: Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas y de iluminación.

• Tipología 3: Sustitución de energía convencional por biomasa en las instalaciones térmicas.

• Tipología 4: Sustitución de energía convencional por energía geotérmica en las instalaciones térmicas.

Costes elegibles:

El coste elegible no debería ser inferior a los 30.000 euros ni superior a los 4 millones para el conjunto de las actuaciones que se realicen en un mismo periodo, y pueden referirse a:

• Honorarios profesionales.

• Inversión en equipos, materiales, los costes de ejecución, obra civil asociada e instalaciones auxiliares y los específicos para cada tipología.

Beneficiarios:

• Los propietarios de edificios existentes destinados a cualquier uso, bien sean personas físicas, o bien tengan personalidad jurídica de naturaleza privada o pública.

• Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda, constituidas como Propiedad Horizontal.

• Los propietarios que de forma agrupada sean propietarios de edificios y no hubiesen otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal.

• Las empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios.

• Las empresas de servicios energéticos (ESEs).

Plazos y formas de presentar la solicitud:

Las ayudas podrán solicitarse hasta el 31 diciembre 2016 (con posibilidad de ampliación en caso de remanente).

Puede consultar la web del Ministerio de Industria.


Y si quiere ampliar esta información o que tramitemos su ayuda, no dude ponerse en contacto con nosotros.

+34 690 378 088 / adela@surveymalaga.com

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